Unidad de Ciberseguridad
Artículo 189. Son atribuciones de la Unidad de Ciberseguridad (UDC), las siguientes:
- Proponer las políticas de ciberseguridad, gestión de riesgos y detección oportuna de vulnerabilidades en los sistemas de información y análisis de datos de la Universidad de Guadalajara;
- Definir lineamientos sobre el manejo de datos institucionales, acceso a los sistemas de información, mitigación de vulnerabilidades y respuesta a incidentes de seguridad informática de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
- Desarrollar e implementar soluciones para el fortalecimiento de la seguridad de los sistemas de información, infraestructura y telecomunicaciones de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
- Realizar auditorías de seguridad para la identificación de vulnerabilidades y generar estrategias para mitigar y prevenir ataques a los sistemas de información, aplicaciones, infraestructura y telecomunicaciones de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
- Elaborar y establecer los planes de respuesta a incidentes de seguridad para la contención de ataques a los sistemas de información, infraestructura y telecomunicaciones de la Universidad de Guadalajara, y
- Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.
