Unidad de Ciberseguridad

Artículo 189. Son atribuciones de la Unidad de Ciberseguridad (UDC), las siguientes:

  1. Proponer las políticas de ciberseguridad, gestión de riesgos y detección oportuna de vulnerabilidades en los sistemas de información y análisis de datos de la Universidad de Guadalajara;
  2. Definir lineamientos sobre el manejo de datos institucionales, acceso a los sistemas de información, mitigación de vulnerabilidades y respuesta a incidentes de seguridad informática de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
  3. Desarrollar e implementar soluciones para el fortalecimiento de la seguridad de los sistemas de información, infraestructura y telecomunicaciones de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
  4. Realizar auditorías de seguridad para la identificación de vulnerabilidades y generar estrategias para mitigar y prevenir ataques a los sistemas de información, aplicaciones, infraestructura y telecomunicaciones de las instancias de la Universidad de Guadalajara;
  5. Elaborar y establecer los planes de respuesta a incidentes de seguridad para la contención de ataques a los sistemas de información, infraestructura y telecomunicaciones de la Universidad de Guadalajara, y
  6. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.

 

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