Coordinación de Operaciones, Servicios de Información y Telecomunicaciones
Artículo 180. Son atribuciones de la Coordinación de Operaciones, Servicios de Información y Telecomunicaciones (COSIT), las siguientes:
- Coordinar la administración, operación y mantenimiento de la funcionalidad de la Red de Comunicaciones Universitaria, y de los equipos de almacenamiento y procesamiento de datos;
- Coordinar el soporte técnico que se brinde respecto a las necesidades tecnológicas que deban atenderse para la funcionalidad de la Coordinación General de Tecnologías de la
Administración, y - Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.
Artículo 181. La Coordinación de Operaciones, Servicios de Información y Telecomunicaciones contará con las siguientes instancias:
- Unidad de Recursos Tecnológicos, y
- Unidad de Telecomunicaciones.
Artículo 182. Son atribuciones de la Unidad de Recursos Tecnológicos, las siguientes:
- Operar y mantener la funcionalidad de los sistemas tecnológicos y servicios relacionados con Red de Comunicaciones Universitaria, los equipos de almacenamiento, de procesamiento y respaldo de
datos de la Red Universitaria; - Administrar las herramientas tecnológicas que se utilicen para el registro, seguimiento y comunicación de las solicitudes de servicio, reportes de fallas y demás incidentes relacionados con la Red de Comunicaciones Universitaria;
- Dar soporte técnico respecto a las necesidades tecnológicas que deban atenderse en la Coordinación General de Tecnologías de la Administración y garantizar la funcionalidad de los equipos tecnológicos con que cuente;
- Dar soporte y mantenimiento a las plataformas web que administre la Coordinación General de Tecnologías de la Administración, así como asesorar y apoyar a la Red Universitaria respecto a la correcta funcionalidad de las que sean administradas en otra instancia;
- Configurar, respaldar, mantener y asegurar el desempeño y disponibilidad en las bases de datos del Sistema Integral de Información y Administración Universitaria y aquellas que las entidades de la Red Universitaria así lo requieran;
- Resguardar y monitorear la información almacenada en la infraestructura tecnológica de la Coordinación General de Tecnologías de la Administración y garantizar la disponibilidad, seguridad, confidencialidad e integridad de la misma;
- Desarrollar, proponer e implementar la infraestructura tecnológica para el procesamiento y almacenamiento de los sistemas de información institucionales;
- Administrar los servicios de correo electrónico institucional para la Red Universitaria, y
- Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.
Artículo 183. Son atribuciones de la Unidad de Telecomunicaciones, las siguientes:
- Operar y mantener la funcionalidad de los servicios de la red de telefonía en operación para toda la Red Universitaria;
- Mantener la funcionalidad de las instalaciones de cableado estructurado, fibra óptica y enlaces de microondas de las entidades de la Red Universitaria;
- Configurar y administrar el direccionamiento y enrutamiento de la red de voz, datos y video para la Red Universitaria;
- Gestionar, instalar y configurar redes o dispositivos inalámbricos para la Administración General, y demás entidades de la Red Universitaria que así lo requieran;
- Garantizar la seguridad de la información y las redes de voz, datos y video de la Red Universitaria, y
- Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.
